Trámites de Arraigo

    El arraigo es la vía para regularizarte cuando ya llevas tiempo viviendo en España. No hay uno solo: hay cinco, y elegir el que no te toca es perder la tasa y la cita.

    ¿Cuál de estos me toca a mí?

    Todos los arraigos parten de lo mismo: llevas un tiempo aquí, no tienes antecedentes penales y quieres papeles. Lo que cambia entre ellos es qué puedes demostrar además de eso.

    Si tienes trabajo o una oferta, el tuyo es el sociolaboral. Si no tienes contrato pero sí familia con residencia aquí, o puedes conseguir un informe de integración de tu Comunidad Autónoma, el social. Si eres padre, hijo o cónyuge de una persona española, el familiar, que además no te pide años de estancia. Si quieres formarte para trabajar después, el socioformativo. Y si tuviste papeles en los últimos dos años y te denegaron la renovación, el de segunda oportunidad.

    Una advertencia que vale para los cinco: la cita previa es gratuita y se pide en el portal oficial. Cuesta conseguirla, y por eso hay quien cobra por ella. Lo que venden es algo gratis que además puede acabar anulado.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuántos años tengo que llevar en España?

    Depende de cuál pidas. El sociolaboral y el social piden dos años de estancia continuada. El familiar no pide años: lo que cuenta ahí es el vínculo con la persona española. El de segunda oportunidad cuenta hacia atrás desde la autorización que tuviste, no desde que llegaste.

    No tengo contrato de trabajo. ¿Puedo pedir arraigo igual?

    Sí. El arraigo social no exige trabajo: te pide vínculos familiares con residentes aquí o, si no los tienes, un informe de integración social que emite tu Comunidad Autónoma. Ese informe tarda semanas en salir, así que si vas por esa vía, empieza por él.

    ¿Puedo trabajar mientras esperan a resolverme?

    No. Presentar la solicitud no te da permiso para trabajar; ese permiso llega cuando te la conceden. Si trabajas antes, te arriesgas a una sanción y a complicar tu propio expediente.

    ¿Cómo demuestro los años que llevo aquí?

    Con el certificado de empadronamiento histórico, que recoge todos tus domicilios con sus fechas. Es la prueba que primero miran. Si tiene meses en blanco, complétalos con lo que tengas de esa época: contratos, facturas, informes médicos o matrículas escolares de tus hijos.

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