Trámites de Estancia

    Permisos de corta duración y sus prórrogas, para quien está en España sin ánimo de quedarse a residir.

    ¿Cuál de estos me toca a mí?

    Una estancia de corta duración son noventa días como máximo dentro de un periodo de ciento ochenta. Si necesitas más tiempo y tu situación lo justifica, existe la prórroga, que se pide antes de que se te acabe el plazo, nunca después.

    El importe de la prórroga no es cerrado: hay una cantidad base que sube según los días que pidas prorrogar.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuándo pido la prórroga?

    Antes de que se te acabe la estancia, no después. Si dejas que venza, ya no estás prorrogando nada: estás en situación irregular, y eso cambia por completo lo que puedes pedir a partir de ahí.

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