Trámites de Estudiantes
Para venir a estudiar, hacer prácticas o quedarte buscando trabajo al terminar. Son tres momentos distintos de un mismo camino.
Estancia por Estudios
Visado para estudiar en centro autorizado (+90 días).
Residencia para Búsqueda de Empleo
Permiso para quedarte en España buscando trabajo o preparando un proyecto. Ojo: no te habilita a trabajar todavía.
Residencia para Prácticas
Para graduados recientes o estudiantes que consiguen convenio.
¿Cuál de estos me toca a mí?
La estancia por estudios cubre el tiempo que dure tu formación y se renueva curso a curso. Las prácticas son para formación en empresa, y la residencia para búsqueda de empleo es la que te permite quedarte al acabar mientras encuentras trabajo o montas un proyecto.
Sobre esa última hay que decir algo claro, porque el nombre engaña: buscar empleo no es lo mismo que poder trabajar. Esa autorización te deja quedarte y buscar, pero antes de empezar a trabajar tienes que cambiar de autorización.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar mientras estudio?
Sí, con condiciones y con un límite de horas que no puede interferir con tus estudios. Las condiciones exactas dependen de tu autorización, así que confírmalo en el servicio de estudiantes internacionales de tu centro antes de aceptar nada.
Termino la carrera. ¿Qué hago para quedarme?
La residencia para búsqueda de empleo te permite quedarte mientras encuentras trabajo o preparas un proyecto. Pídela antes de que caduque tu estancia por estudios: si dejas que se te acabe, pierdes el encadenamiento y complicas mucho lo que venga después.
