Visado Schengen (Turismo/Estancia Corta)
Visado para estancias de hasta 90 días por turismo, visita familiar o negocios.
Descripción
Permite viajar a España y al resto del espacio Schengen por un máximo de 90 días en un periodo de 180 días. No permite trabajar.
Requisitos
- No ser ciudadano de un país con exención de visado.
- Pasaporte con vigencia mínima de 3 meses tras la salida.
- Seguro médico de viaje (30.000€ cobertura).
- Reserva de vuelo y alojamiento o carta de invitación.
- Medios económicos (aprox 108€/día).
Documentos necesarios
Pasos del proceso
Solicitar cita en Consulado o centro de visados (BLS/TLS) del país de origen.
Entregar documentación y biometría.
Esperar resolución (15-45 días).
Recoger pasaporte con etiqueta de visado.
Errores que hacen perder el expediente
Casi nunca se pierde un trámite por no cumplir los requisitos. Se pierde por esto.
Un pasaporte que no llega a la fecha
Qué pasa
El pasaporte tiene que ser válido como mínimo hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen y llevar al menos dos páginas en blanco. Si no cumple, no hay visado y la tasa no se devuelve.
Cómo evitarlo
Mira la caducidad y cuenta esos tres meses desde la vuelta, no desde la ida. Si te sale justo, renueva el pasaporte antes de pedir la cita: es más barato que perder la tasa y la cita.
Calcular mal los 90 días dentro de los 180
Qué pasa
Quedarte de más queda registrado en la entrada y en la salida, y es de las cosas que más pesan cuando pides el siguiente visado. Muchos lo hacen sin querer, por contar los días como si el plazo se reiniciara en cada viaje.
Cómo evitarlo
Cuenta siempre hacia atrás: mira los últimos 180 días desde la fecha en la que vayas a estar y suma todos los días que hayas pasado en cualquier país Schengen, no solo en España. Deja unos días de margen para imprevistos con los vuelos.
Pagar el viaje antes de tener el visado
Qué pasa
Si te lo deniegan, la tasa no se devuelve y los billetes y el alojamiento no reembolsables tampoco. Acabas pagando dos veces por un viaje que no has hecho.
Cómo evitarlo
Acredita el viaje con reservas cancelables y billetes reembolsables, que es lo que se admite para justificarlo, y no pagues nada definitivo hasta tener la etiqueta del visado en el pasaporte.
Un seguro que no llega a los 30.000 euros de cobertura
Qué pasa
Es un requisito con importe fijado, así que un seguro de viaje básico o el que trae la tarjeta de crédito suele quedarse corto. Sin él, la solicitud no cumple y pierdes la tasa.
Cómo evitarlo
Contrata la póliza indicando que es para visado Schengen, comprueba que el certificado diga los 30.000 euros y que las fechas cubran todo el viaje, y llévalo impreso a la cita.
Presentar en el consulado que no toca
Qué pasa
La solicitud se presenta en la Oficina Consular que corresponde a tu residencia, y España tiene que ser el destino único o principal del viaje. Si el viaje es sobre todo a otro país Schengen, o si pides en un consulado que no es el de tu demarcación, te la pueden rechazar sin entrar en el fondo.
Cómo evitarlo
Mira en qué país vas a pasar más noches: ese es el consulado que te toca. Y pide siempre en la oficina consular de la demarcación donde resides, no en la que tenga citas más pronto.
Creer que el visado garantiza la entrada
Qué pasa
El visado te permite presentarte en la frontera, pero es allí donde se comprueba de nuevo que cumples las condiciones. Si no puedes justificar alojamiento, medios o billete de vuelta, el viaje se puede terminar en el aeropuerto.
Cómo evitarlo
Lleva en el equipaje de mano una copia de todo lo que presentaste en el consulado: reservas, seguro, medios económicos y billete de vuelta. Es el mismo paquete, y tenerlo a mano evita el mal rato.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta y me lo devuelven si me lo deniegan?
Noventa euros, y no, no se devuelve. La tasa se cobra por tramitar la solicitud, salga como salga. Los niños de entre 6 y 12 años pagan 45 € y los menores de 6 no pagan nada. Además, ninguna solicitud se admite a trámite sin haber pagado antes. Ojo con el importe exacto: cada consulado la cobra en moneda local al cambio que le corresponda, así que en ventanilla puede no ser 90 € clavados.
¿Cuándo tengo que pedirlo?
Entre seis meses y quince días antes de la fecha prevista de viaje. Antes de esos seis meses no te la admiten, y a menos de quince días te arriesgas a no llegar. Los marinos pueden pedirlo hasta nueve meses antes. Como el plazo de decisión puede irse a mes y medio, pide cita en cuanto tengas claras las fechas y no al revés.
¿Cuánto van a tardar en contestarme?
El plazo legal para decidir son quince días naturales desde que presentas, y puede ampliarse hasta cuarenta y cinco. Aquí no funciona como en los trámites que se resuelven en España: quien decide es la Oficina Consular y lo que necesitas es la resolución y la etiqueta pegada en el pasaporte, no que pase el tiempo. Consulta el estado en la web oficial de tramitación consular y no te subas a ningún avión sin el visado físico.
¿Qué son los 90 días? ¿Se reinician cada vez que salgo?
No, y esta cuenta es la que más gente hace mal. Son 90 días como máximo dentro de cualquier periodo de 180 días, en el conjunto del espacio Schengen. No es «90 días por viaje» ni «90 días por semestre»: es una ventana móvil, así que en cualquier momento hay que mirar hacia atrás los últimos 180 días y sumar todo lo que hayas estado dentro. Haz esa cuenta antes de reservar la vuelta.
¿Puedo trabajar con este visado?
No. Es un visado de estancia: sirve para turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico o estudios cortos, pero no autoriza a trabajar. Si lo que quieres es trabajar o instalarte en España, necesitas un visado nacional de larga duración, que también se pide en el consulado pero es otro trámite, con otros requisitos y otra documentación.
¿Qué seguro me piden exactamente?
Un seguro médico de viaje con una cobertura mínima de 30.000 euros o su equivalente en moneda local. No basta con tener «un seguro»: la póliza tiene que indicar ese importe y cubrir todas las fechas del viaje y todo el espacio Schengen, no solo España. Revísalo antes de la cita, porque es de los papeles que más fácilmente se quedan cortos.
Me lo han denegado. ¿Se acabó?
No necesariamente. Puedes presentar un recurso de reposición ante la propia Oficina Consular en el plazo de un mes desde el día siguiente a que te notifiquen la denegación. Antes de recurrir, lee bien el motivo: si te lo han denegado por un papel que faltaba o por medios económicos poco claros, muchas veces sale mejor volver a solicitar con eso corregido. Ten en cuenta que volver a solicitar significa volver a pagar la tasa.
Enlaces oficiales
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