Permiso para Trabajadores Transfronterizos
Vivir en zona fronteriza y trabajar en España (regreso diario).
Descripción
Autorización para trabajar en España residiendo en zona fronteriza de un Estado limítrofe (ej. Francia, Portugal, Marruecos, Andorra) y regresando diariamente.
Requisitos
- Residir en zona fronteriza.
- Oferta de empleo en España.
- Retorno diario al país de residencia.
Documentos necesarios
Pasos del proceso
Solicitud en Extranjería.
Concesión de TIE específica (solo válida para trabajar, no residir).
Cuánto cuesta
Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y/o propia (incluidas actividades de temporada).
Se paga al presentar la solicitud
Generar el impreso de pagoAutorización inicial de trabajo para trabajadores transfronterizos por cuenta ajena. Retribución inferior a 2 veces SMI.
Se paga al presentar la solicitud
Esta la paga la empresa que te contrata, no tú.
Generar el impreso de pagoAutorización inicial de trabajo para trabajadores transfronterizos por cuenta ajena. Retribución igual o superior a 2 veces SMI.
Se paga al presentar la solicitud
Esta la paga la empresa que te contrata, no tú.
Generar el impreso de pagoAutorización inicial de trabajo para trabajadores transfronterizos por cuenta propia.
Se paga al presentar la solicitud
Esta es la tasa de la autorización de trabajo por cuenta propia: la pagas tú.
Generar el impreso de pagoLos importes que no mostramos es porque no hemos podido confirmarlos en una fuente oficial. En ese caso el propio impreso los calcula, y esa cifra es la buena: las que circulan por internet suelen estar desfasadas.
Errores que hacen perder el expediente
Casi nunca se pierde un trámite por no cumplir los requisitos. Se pierde por esto.
No contestar al requerimiento dentro de plazo
Qué pasa
Archivan tu expediente y pierdes la tasa que pagaste, aunque cumplieras todos los requisitos. Es el motivo más frecuente de expediente perdido, y no se pierde por no cumplir: se pierde por no abrir un correo.
Cómo evitarlo
Desde que presentas, mira cada semana tu correo y el buzón de la sede electrónica. Si te llega un requerimiento tienes diez días hábiles: contesta dentro del plazo aunque solo tengas parte de lo que te piden, porque entregar algo tarde es peor que entregar poco a tiempo.
No poder acreditar que resides en la zona fronteriza
Qué pasa
Deniegan. Es el requisito nuclear de esta figura: sin un certificado de residencia del país vecino que sitúe tu domicilio en la zona fronteriza, no hay autorización posible por mucho que el contrato sea impecable.
Cómo evitarlo
Consigue el certificado de residencia antes de nada y comprueba que la localidad que consta encaja en la zona fronteriza. Si acabas de mudarte allí, espera a tener el empadronamiento resuelto antes de presentar.
Quedarte a dormir en España
Qué pasa
Estás usando una autorización que no te habilita para residir aquí. Si se detecta, puedes perder la autorización y quedarte sin trabajo y sin permiso a la vez, además de complicarte cualquier trámite futuro.
Cómo evitarlo
El regreso diario no es una recomendación, es la condición del permiso. Si tu vida ha pasado a estar en España, deja de estirar esta figura y estudia el cambio a una autorización de residencia y trabajo ordinaria.
Presentarte sin el justificante de la tasa pagada
Qué pasa
No te atienden y pierdes la cita, que es lo que más cuesta conseguir de todo el trámite. Volver a tenerla puede llevarte semanas.
Cómo evitarlo
Paga la tasa antes de ir y lleva el justificante sellado por el banco, en papel. No basta con enseñar el modelo relleno ni una captura del móvil.
Ir solo con fotocopias
Qué pasa
En ventanilla cotejan los originales contra las copias. Sin los originales delante, no pueden dar por buena la documentación y te hacen volver.
Cómo evitarlo
Lleva original y copia de todo, incluido el pasaporte completo. En bastantes oficinas piden copia de todas las páginas, también de las que están en blanco.
Preguntas frecuentes
¿Esto me deja vivir en España?
No. Es una autorización de trabajo, no de residencia, y esa es toda la clave del trámite. Tú resides en la zona fronteriza del país vecino y vuelves allí cada día. La tarjeta que te dan sirve para trabajar aquí, no para instalarte aquí. Si lo que quieres es mudarte a España, esta no es tu vía.
¿Vale igual si trabajo por cuenta ajena que si soy autónomo?
Vale para las dos, pero son dos variantes distintas con formulario y tasa distintos. Por cuenta ajena la solicitud la presenta el empleador. Por cuenta propia la presentas tú. Antes de descargar ningún impreso, ten claro en cuál de las dos estás, porque presentar el de la otra variante te devuelve a la casilla de salida.
¿Cuánto cuesta y quién paga?
Depende de la variante y conviene tenerlo claro antes. La tasa 790-052, de 10,94 €, se paga siempre. La 790-062 cambia: por cuenta ajena son 203,84 € o 407,71 € según si tu sueldo llega o no al doble del Salario Mínimo, y la paga la empresa. Por cuenta propia son 203,84 € y los pagas tú, porque aquí no hay empleador que reparta el gasto.
¿Cuánto dura la autorización?
Entre tres meses y un año. No hay opción de que te la den por más tiempo de entrada, así que si el trabajo es estable cuenta desde el principio con que vas a tener que renovar. Ten la renovación en el calendario bastante antes de que venza.
¿Cuánto van a tardar en contestarme?
Tres meses desde que presentas la solicitud. Si pasan y no te dicen nada, la ley entiende que te la han denegado: es lo que se llama silencio negativo. En la práctica las oficinas se pasan de ese plazo con frecuencia, así que no te alarmes el día 91, pero tampoco lo dejes correr sin más: consulta el estado de tu expediente cada pocas semanas.
¿Y cuando la renueve, también tres meses de espera?
El plazo es parecido, pero el silencio funciona al revés y esto sí te interesa saberlo. En la renovación, si pasa el plazo y no te contestan, se entiende concedida. Es de las pocas veces en extranjería en que la falta de respuesta juega a tu favor. Aun así, pide el certificado que acredite ese silencio: sin un papel no vas a poder demostrar nada ante tu empresa.
Me la han denegado. ¿Se acabó?
No necesariamente. Tienes un mes para presentar un recurso de reposición ante la misma oficina, o dos meses para ir por la vía judicial. Antes de decidir, lee bien el motivo de la denegación: si te la han denegado por un papel que faltaba o estaba mal, muchas veces se arregla presentando de nuevo con eso corregido. Si es por el fondo, ahí sí conviene que lo vea un abogado.
¿Necesito un abogado para esto?
No es obligatorio y mucha gente lo presenta por su cuenta. Ahora bien, si tienes antecedentes, una orden de expulsión previa, una denegación anterior o tu caso tiene algo raro, el dinero del abogado se paga solo. Lo que sí conviene saber: nadie puede garantizarte un resultado, y quien te lo garantice miente.
Enlaces oficiales
Todos llevan a páginas del Estado. Si una fuente oficial dice algo distinto a lo que lees aquí, hazle caso a la fuente oficial y avísanos.
- Modelos de solicitud generales (EX)
- Hoja 40 - Autorización de trabajo por cuenta ajena para trabajadores transfronterizos
- Documentación para la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
- Presentación telemática (sede electrónica Mercurio)
- Descarga del impreso de tasas 790
- Hoja 39 - Autorización de trabajo por cuenta propia para trabajadores transfronterizos
