Residencia de Menor Nacido en España
Regularización de hijo de residente nacido en territorio español.
Descripción
Procedimiento sencillo para otorgar residencia legal a los hijos de residentes extranjeros que nazcan en España. Adquieren el mismo tipo de residencia que los padres.
Requisitos
- Nacer en España.
- Que al menos uno de los padres tenga residencia legal.
Documentos necesarios
Pasos del proceso
Solicitud en Extranjería.
Resolución rápida.
Toma de huellas (exenta para menores muy pequeños, solo foto y padre/madre).
Cuánto cuesta
Residencia temporal de menores extranjeros acompañados.
Se paga al presentar la solicitud
Generar el impreso de pagoLos importes que no mostramos es porque no hemos podido confirmarlos en una fuente oficial. En ese caso el propio impreso los calcula, y esa cifra es la buena: las que circulan por internet suelen estar desfasadas.
Errores que hacen perder el expediente
Casi nunca se pierde un trámite por no cumplir los requisitos. Se pierde por esto.
Dejar pasar los seis meses
Qué pasa
Pierdes la vía rápida para siempre. Ya no vale este procedimiento de un mes: tendrás que reagrupar a tu propio hijo por el régimen general, con informe de vivienda del ayuntamiento, acreditación de medios económicos y varios meses de espera.
Cómo evitarlo
Apunta la fecha límite en cuanto nazca, o en cuanto te notifiquen tu residencia si eso es posterior. Y empieza antes: la inscripción en el Registro Civil y la cita en extranjería se comen semanas del plazo.
No inscribir al bebé en el Registro Civil español
Qué pasa
Sin el certificado de nacimiento español no hay expediente que valga: es el documento que acredita que nació aquí, que es todo el fundamento de este trámite.
Cómo evitarlo
Inscríbelo en los primeros días de vida. En muchos hospitales se puede hacer el trámite desde la propia maternidad; si no, en el Registro Civil del lugar del nacimiento. Pide el certificado literal, no un extracto.
No contestar al requerimiento dentro de plazo
Qué pasa
Archivan tu expediente y pierdes la tasa que pagaste, aunque cumplieras todos los requisitos. Es el motivo más frecuente de expediente perdido, y no se pierde por no cumplir: se pierde por no abrir un correo.
Cómo evitarlo
Desde que presentas, mira cada semana tu correo y el buzón de la sede electrónica. Si te llega un requerimiento tienes diez días hábiles: contesta dentro del plazo aunque solo tengas parte de lo que te piden, porque entregar algo tarde es peor que entregar poco a tiempo.
Presentarte sin el justificante de la tasa pagada
Qué pasa
No te atienden y pierdes la cita, que es lo que más cuesta conseguir de todo el trámite. Volver a tenerla puede llevarte semanas.
Cómo evitarlo
Paga la tasa antes de ir y lleva el justificante sellado por el banco, en papel. No basta con enseñar el modelo relleno ni una captura del móvil.
Ir solo con fotocopias
Qué pasa
En ventanilla cotejan los originales contra las copias. Sin los originales delante, no pueden dar por buena la documentación y te hacen volver.
Cómo evitarlo
Lleva original y copia de todo, incluido el pasaporte completo. En bastantes oficinas piden copia de todas las páginas, también de las que están en blanco.
Preguntas frecuentes
Mi hijo ha nacido en España. ¿Es español?
No por haber nacido aquí. España no concede la nacionalidad por el simple hecho de nacer en su territorio, salvo en casos concretos, como que el bebé fuera a quedarse sin ninguna nacionalidad. Lo normal es que tu hijo tenga vuestra nacionalidad y necesite una autorización de residencia, que es este trámite. Si crees que tu hijo podría quedarse apátrida porque tu país no le reconoce la nacionalidad, consúltalo, porque ahí sí hay vía.
¿Cuánto tiempo tengo para pedirla?
Seis meses, y este es el dato que más caro sale ignorar. Se cuentan desde que nace o desde que a ti te conceden la residencia, lo que ocurra después. Si se te pasa el plazo, esta vía sencilla se cierra y tienes que reagrupar a tu propio hijo por el régimen general: informe de vivienda, medios económicos y meses de espera. Es la diferencia entre un mes y medio año, así que ponlo en el calendario el día que salgáis del hospital.
¿Qué residencia le van a dar?
La misma que tengas tú. Si tú tienes una residencia temporal, la suya será temporal; si tienes larga duración, la suya también. Además se acompasa a la tuya para que luego renovéis a la vez y no tengas que llevar dos calendarios distintos.
¿Le van a tomar las huellas a un bebé?
A los muy pequeños no. Por debajo de cierta edad no se toman huellas: basta con la foto y con que vaya acompañado de su padre o su madre. Eso sí, hay que llevar al niño a la cita: no vale que vayas tú solo con sus papeles.
Todavía no tiene pasaporte. ¿Puedo presentar igual?
Sí. Si aún no se lo habéis sacado, se puede presentar con el certificado de nacimiento del Registro Civil español y con vuestra documentación. Aun así, pedid el pasaporte en vuestro consulado cuanto antes: lo vais a necesitar para la TIE y para cualquier viaje, y algunos consulados tardan semanas en expedirlo.
¿Cuánto van a tardar en contestarme?
Un mes desde que presentas la solicitud. Si pasa y no te dicen nada, la ley entiende que te la han denegado: es lo que se llama silencio negativo. En la práctica las oficinas se pasan de ese plazo con frecuencia, así que no te alarmes el día 31, pero tampoco lo dejes correr sin más: consulta el estado del expediente cada pocas semanas.
Me la han denegado. ¿Se acabó?
No necesariamente. Tienes un mes para presentar un recurso de reposición ante la misma oficina, o dos meses para ir por la vía judicial. Antes de decidir, lee bien el motivo de la denegación: si te la han denegado por un papel que faltaba o estaba mal, muchas veces se arregla presentando de nuevo con eso corregido. Si es por el fondo, ahí sí conviene que lo vea un abogado.
Me piden dinero por conseguirme la cita. ¿Es normal?
No, y no se lo pagues. La cita previa es gratuita y se pide en el portal oficial. Es cierto que conseguirla es difícil y que hay gente que se aprovecha de eso, pero lo que venden es algo que es gratis y que además puede acabar anulado. Lo único que se paga en este trámite es la tasa, y se paga a la Administración.
Enlaces oficiales
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