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    Trabajo
    20 días (UGE)
    Tasa 790-038: 73,26 €

    Residencia para Investigación

    Para investigadores, científicos y profesores universitarios invitados.

    Descripción

    Autorización de residencia y trabajo para extranjeros que realicen actividades de investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas.

    Requisitos

    • Convenio de acogida con organismo de investigación.
    • Titulación superior (Doctorado/Licenciatura).
    • El organismo debe estar autorizado.

    Documentos necesarios

    Modelo correspondiente.
    Convenio de acogida firmado.
    Pasaporte.
    Penales.

    Pasos del proceso

    1

    Solicitud telemática (UGE o Extranjería).

    2

    Resolución rápida.

    3

    TIE.

    Cuánto cuesta

    Modelo 790, código 038 · epígrafe 7.173,26 €

    Autorización de residencia inicial (movilidad internacional, sección 2.a del título V de la Ley 14/2013)

    Se paga al presentar la solicitud

    Generar el impreso de pago

    Los importes que no mostramos es porque no hemos podido confirmarlos en una fuente oficial. En ese caso el propio impreso los calcula, y esa cifra es la buena: las que circulan por internet suelen estar desfasadas.

    Errores que hacen perder el expediente

    Casi nunca se pierde un trámite por no cumplir los requisitos. Se pierde por esto.

    No contestar al requerimiento dentro de plazo

    Qué pasa

    Archivan tu expediente y pierdes la tasa que pagaste, aunque cumplieras todos los requisitos. Es el motivo más frecuente de expediente perdido, y no se pierde por no cumplir: se pierde por no abrir un correo.

    Cómo evitarlo

    Desde que presentas, mira cada semana tu correo y el buzón de la sede electrónica. Si te llega un requerimiento tienes diez días hábiles: contesta dentro del plazo aunque solo tengas parte de lo que te piden, porque entregar algo tarde es peor que entregar poco a tiempo.

    Un convenio de acogida firmado por un organismo que no está autorizado

    Qué pasa

    El convenio no vale y el expediente se cae entero, aunque el proyecto de investigación sea real y esté financiado. Es la denegación típica de esta vía y suele descubrirse tarde.

    Cómo evitarlo

    Antes de firmar nada, pregunta al centro si está autorizado para suscribir convenios de acogida y pide que te lo confirmen por escrito. Si el centro no lo está, hay que buscar otra fórmula antes de presentar.

    Dejar la solicitud de la familia para después

    Qué pasa

    Pierdes la ventaja de que se resuelva todo a la vez y en el mismo plazo corto. Tu cónyuge y tus hijos acaban esperando meses por una vía más lenta, cuando podrían haber llegado contigo.

    Cómo evitarlo

    Presenta el MI-F de cada familiar junto con tu MI-T, aunque todavía no tengas cerrada la fecha de viaje. Reúne sus pasaportes, certificados de matrimonio y de nacimiento desde el primer día.

    Traer los antecedentes penales sin legalizar o caducados

    Qué pasa

    Te lo devuelven y pierdes la cita. El certificado de tu país no vale tal cual: necesita apostilla o legalización consular, y traducción jurada si no está en español.

    Cómo evitarlo

    Empieza por este papel, que es el que más tarda. Y ojo con la fecha: suelen exigir que no tenga más de tres meses de antigüedad cuando lo presentas, así que no lo pidas con demasiada antelación o te caducará mientras esperas la cita.

    Presentarlo en la oficina de extranjería de tu provincia

    Qué pasa

    No lo tramitan ahí y pierdes semanas averiguándolo. Este trámite lo resuelve la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), que es un órgano distinto, con otro formulario, otra tasa y otro plazo.

    Cómo evitarlo

    Preséntalo por vía electrónica ante la UGE-CE desde el principio. Si alguien te dice que pidas cita en tu oficina provincial para esto, te está mandando al sitio equivocado.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es el convenio de acogida y quién me lo firma?

    Es el documento que firmas con el organismo de investigación que te recibe y es la pieza central de todo el trámite: sin él no hay expediente. Lo firma el centro, la universidad o la empresa donde vas a investigar, y ese organismo tiene que estar autorizado para suscribirlo. Empieza por aquí y confirma esa autorización antes que ninguna otra cosa.

    ¿Qué diferencia hay entre la modalidad nacional y la de la UE?

    El nivel de titulación y lo que te deja hacer. La modalidad UE exige doctorado o la titulación que da acceso al doctorado, y a cambio te habilita también para impartir clases además de investigar. La nacional no llega tan lejos. Si tu plan incluye dar docencia, mira bien cuál te corresponde antes de presentar.

    ¿Esto lo lleva la oficina de extranjería de mi ciudad?

    No, y es una confusión muy repetida. Aunque tu centro de investigación esté en cualquier provincia, este trámite lo resuelve la UGE-CE por vía electrónica, con el modelo MI-T. No hay cita presencial que pedir ni ventanilla a la que ir para presentar la solicitud.

    ¿Puedo traer a mi familia?

    Sí, y a la vez que tú. Tu cónyuge o pareja y tus hijos pueden presentar su solicitud al mismo tiempo con el modelo MI-F, sin esperar a la reagrupación familiar ordinaria. Es una de las mayores ventajas de esta vía y mucha gente la desaprovecha por presentarlo todo por separado.

    ¿Cuánto van a tardar en contestarme?

    Veinte días. Y aquí hay una diferencia enorme respecto a los permisos que resuelve la oficina de extranjería de tu provincia: si pasa el plazo y no te contestan, se entiende CONCEDIDA. Es el silencio positivo, y juega a tu favor. Ojo con dos cosas: el reloj se para si te requieren documentación, y si llegas al día veintiuno sin respuesta necesitas pedir un certificado que acredite ese silencio, porque sin un papel no vas a poder hacer la TIE ni darte de alta.

    Me la han denegado. ¿Se acabó?

    No necesariamente. Tienes un mes para presentar un recurso de reposición ante la misma oficina, o dos meses para ir por la vía judicial. Antes de decidir, lee bien el motivo de la denegación: si te la han denegado por un papel que faltaba o estaba mal, muchas veces se arregla presentando de nuevo con eso corregido. Si es por el fondo, ahí sí conviene que lo vea un abogado.

    ¿Necesito un abogado para esto?

    No es obligatorio y mucha gente lo presenta por su cuenta. Ahora bien, si tienes antecedentes, una orden de expulsión previa, una denegación anterior o tu caso tiene algo raro, el dinero del abogado se paga solo. Lo que sí conviene saber: nadie puede garantizarte un resultado, y quien te lo garantice miente.

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