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    Residencia
    1 - 3 meses
    Es gratis. Solo pagas la tarjeta (TIE): 12,00 €, antes de la cita de huellas

    Residencia de Familiar de Ciudadano Español

    Autorización de residencia de 5 años para familiares directos de personas con nacionalidad española (modelo EX-24).

    Descripción

    El RD 1155/2024 crea un estatuto específico para familiares de ciudadanos españoles, diferenciándolo del régimen comunitario y del régimen general de reagrupación. Pueden solicitarlo: cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 26 años (o mayores si son dependientes o tienen discapacidad), ascendientes dependientes económicamente, y otros familiares por razones de salud o dependencia. Concede un permiso de residencia de 5 años con autorización de trabajo completa. Ojo con el formulario: es el EX-24. Si alguien te da un EX-19, está desactualizado y te lo devolverán. Regulado por las Instrucciones SEM 2/2025.

    Requisitos

    • Ser familiar directo de persona con nacionalidad española.
    • Familiares incluidos: cónyuge/pareja, hijos <26 años, ascendientes dependientes.
    • Acreditar vínculo familiar.
    • Carecer de antecedentes penales.
    • Seguro médico (en algunos casos).

    Documentos necesarios

    Modelo EX-24.
    Pasaporte completo en vigor.
    Documento que acredite el vínculo familiar, legalizado o apostillado y traducido.
    Certificado de antecedentes penales.
    Documentación del familiar español: DNI en vigor.
    Prueba de los medios económicos del familiar español, cuando proceda.

    Pasos del proceso

    1

    Reúne la documentación que acredita el vínculo familiar.

    2

    Completa el modelo EX-24. Ojo: no es el EX-19, que es el de familiares de ciudadanos de la UE.

    3

    Presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería.

    4

    Espera la resolución. El permiso que conceden es de 5 años.

    5

    Pide cita para la TIE y paga entonces su tasa de 12,00 €.

    Cuánto cuesta

    Modelo 790, código 012 · epígrafe 4.112,00 €

    TIE de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

    Se paga al presentar la solicitud

    El trámite es gratuito: esto es solo el coste de la tarjeta. Págala antes de la cita de huellas.

    Generar el impreso de pago

    Los importes que no mostramos es porque no hemos podido confirmarlos en una fuente oficial. En ese caso el propio impreso los calcula, y esa cifra es la buena: las que circulan por internet suelen estar desfasadas.

    Errores que hacen perder el expediente

    Casi nunca se pierde un trámite por no cumplir los requisitos. Se pierde por esto.

    Presentar el EX-19 en lugar del EX-24

    Qué pasa

    Te devuelven la solicitud y pierdes la cita, que es lo que más cuesta. Es un error frecuentísimo porque hay gestorías y copisterías que siguen entregando el formulario antiguo.

    Cómo evitarlo

    Descarga el EX-24 tú mismo de la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el mismo día que lo vayas a rellenar. No aceptes un impreso que te dé nadie sin comprobar el número arriba del todo.

    No contestar al requerimiento dentro de plazo

    Qué pasa

    Archivan tu expediente y pierdes la tasa que pagaste, aunque cumplieras todos los requisitos. Es el motivo más frecuente de expediente perdido, y no se pierde por no cumplir: se pierde por no abrir un correo.

    Cómo evitarlo

    Desde que presentas, mira cada semana tu correo y el buzón de la sede electrónica. Si te llega un requerimiento tienes diez días hábiles: contesta dentro del plazo aunque solo tengas parte de lo que te piden, porque entregar algo tarde es peor que entregar poco a tiempo.

    Un certificado de matrimonio o de nacimiento sin apostillar ni traducir

    Qué pasa

    Es el documento que sostiene todo el expediente y, si no está legalizado o apostillado y traducido por traductor jurado, no se puede dar por acreditado el vínculo. Te lo devuelven en ventanilla.

    Cómo evitarlo

    Pide el certificado en tu país con fecha reciente, hazle la apostilla de La Haya o la legalización consular según corresponda, y encarga la traducción jurada en España. Empieza por aquí: es lo que más tarda de todo.

    Pagar una supuesta tasa de solicitud

    Qué pasa

    Te gastas un dinero que no había que gastar y acabas con un justificante que no sirve para nada. La solicitud de esta autorización es gratuita.

    Cómo evitarlo

    Lo único que se paga son 12,00 € de la tarjeta, con el modelo 790 código 012, y se pagan después: cuando ya tienes la concesión y la cita de huellas. Si alguien te cobra por presentar, es su honorario, no una tasa.

    Traer los antecedentes penales sin legalizar o caducados

    Qué pasa

    Te lo devuelven y pierdes la cita. El certificado de tu país no vale tal cual: necesita apostilla o legalización consular, y traducción jurada si no está en español.

    Cómo evitarlo

    Empieza por este papel, que es el que más tarda. Y ojo con la fecha: suelen exigir que no tenga más de tres meses de antigüedad cuando lo presentas, así que no lo pidas con demasiada antelación o te caducará mientras esperas la cita.

    Ir solo con fotocopias

    Qué pasa

    En ventanilla cotejan los originales contra las copias. Sin los originales delante, no pueden dar por buena la documentación y te hacen volver.

    Cómo evitarlo

    Lleva original y copia de todo, incluido el pasaporte completo. En bastantes oficinas piden copia de todas las páginas, también de las que están en blanco.

    Preguntas frecuentes

    En la gestoría me han dado un EX-19. ¿Es ese el formulario?

    No, el tuyo es el EX-24. El EX-19 es para familiares de ciudadanos de la Unión, y también para familiares de un español que sí ha ejercido la libre circulación, es decir, que ha residido en otro país de la UE y ha vuelto. Si tu familiar español siempre ha vivido en España, tu vía es esta y el modelo es el EX-24. Muchas gestorías siguen repartiendo el EX-19 porque durante años fue el único camino: si te lo dan, devuélvelo y descarga tú mismo el EX-24 de la web del Ministerio.

    ¿Quién puede pedirla?

    El cónyuge o la pareja registrada del español, sus hijos menores de 26 años (y los mayores de esa edad si dependen económicamente o tienen una discapacidad), y sus ascendientes que dependan económicamente de él. También cabe para otros familiares por razones graves de salud o de dependencia. Si no estás en esa lista, esta no es tu vía.

    Mi pareja y yo no estamos casados. ¿Vale igual?

    Solo si estáis registrados. Esta vía admite pareja, pero tiene que estar inscrita en un registro público de parejas de hecho. Una convivencia larga, aunque tengáis hijos y años de fotos, no basta por sí sola. Si aún no os habéis inscrito, ese es vuestro primer paso: inscribíos y luego presentáis el EX-24.

    ¿Cuánto me dura y puedo trabajar?

    Cinco años, y sí, puedes trabajar desde el primer día. La autorización lleva incorporado el permiso de trabajo completo: por cuenta ajena y por cuenta propia, sin necesidad de un contrato previo ni de ningún trámite añadido.

    ¿Cuánto van a tardar en contestarme?

    Dos meses desde que presentas la solicitud. Si pasan y no te dicen nada, la ley entiende que te la han denegado: es lo que se llama silencio negativo. En la práctica las oficinas se pasan de ese plazo con frecuencia, así que no te alarmes el día 61, pero tampoco lo dejes correr sin más: consulta el estado de tu expediente cada pocas semanas.

    Me la han denegado. ¿Se acabó?

    No necesariamente. Tienes un mes para presentar un recurso de reposición ante la misma oficina, o dos meses para ir por la vía judicial. Antes de decidir, lee bien el motivo de la denegación: si te la han denegado por un papel que faltaba o estaba mal, muchas veces se arregla presentando de nuevo con eso corregido. Si es por el fondo, ahí sí conviene que lo vea un abogado.

    Me piden dinero por conseguirme la cita. ¿Es normal?

    No, y no se lo pagues. La cita previa es gratuita y se pide en el portal oficial. Es cierto que conseguirla es difícil y que hay gente que se aprovecha de eso, pero lo que venden es algo que es gratis y que además puede acabar anulado. Lo único que se paga en este trámite es la tasa, y se paga a la Administración.

    ¿Necesito un abogado para esto?

    No es obligatorio y mucha gente lo presenta por su cuenta. Ahora bien, si tienes antecedentes, una orden de expulsión previa, una denegación anterior o tu caso tiene algo raro, el dinero del abogado se paga solo. Lo que sí conviene saber: nadie puede garantizarte un resultado, y quien te lo garantice miente.

    ¿Tienes dudas?

    Nuestro asistente IA experto en extranjería, entrenado con miles de casos reales, puede ayudarte

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    Tiempo estimado

    1 - 3 meses

    Tasas

    Es gratis. Solo pagas la tarjeta (TIE): 12,00 €, antes de la cita de huellas

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