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    3 - 6 meses
    Tasa 790-012: 3,27 €

    Cédula de Inscripción

    Documentación para extranjeros indocumentados que no pueden ser documentados por su país.

    Descripción

    Documento que se otorga a extranjeros que no pueden ser documentados por las autoridades de ningún país (apátridas de facto o indocumentados).

    Requisitos

    • Acreditar que el país de origen no le documenta.
    • Residencia en España.
    • Razones excepcionales.

    Documentos necesarios

    Modelo EX-16.
    Pruebas de denegación consular.
    Fotos.
    Antecedentes penales.

    Pasos del proceso

    1

    Solicitud Policía.

    2

    Concesión de Cédula.

    3

    Posibilidad de solicitar Título de Viaje.

    Cuánto cuesta

    Modelo 790, código 012 · epígrafe 5.23,27 €

    Cédula de inscripción.

    Se paga al presentar la solicitud

    Si en el mismo impreso pides también el título de viaje, son 27,08 € más.

    Generar el impreso de pago

    Los importes que no mostramos es porque no hemos podido confirmarlos en una fuente oficial. En ese caso el propio impreso los calcula, y esa cifra es la buena: las que circulan por internet suelen estar desfasadas.

    Errores que hacen perder el expediente

    Casi nunca se pierde un trámite por no cumplir los requisitos. Se pierde por esto.

    Ir sin el acta notarial

    Qué pasa

    Es la prueba central del expediente. Contar que tu embajada no te atiende no acredita nada por sí solo: sin el acta que deje constancia del requerimiento efectuado y no atendido, no hay forma de dar por probado que ningún país te documenta.

    Cómo evitarlo

    Empieza por ahí, que es lo que más tarda. Acude a una notaría, requiere formalmente a tu Misión Diplomática u Oficina Consular y espera a que quede documentada la falta de respuesta. Prepara el resto de papeles mientras tanto.

    Pagar 3,27 € creyendo que incluye el título de viaje

    Qué pasa

    Son dos documentos distintos dentro del mismo impreso EX-16 y con tasas separadas. Si no marcas y pagas el título de viaje, te quedas con la cédula pero sin nada con lo que salir de España, y para conseguirlo hay que volver a empezar.

    Cómo evitarlo

    Decide antes de rellenar el EX-16 si vas a necesitar también el título de viaje. Si es que sí, son 27,08 € más y se piden a la vez, en la misma solicitud.

    No contestar al requerimiento dentro de plazo

    Qué pasa

    Archivan tu expediente y pierdes la tasa que pagaste, aunque cumplieras todos los requisitos. Es el motivo más frecuente de expediente perdido, y no se pierde por no cumplir: se pierde por no abrir un correo.

    Cómo evitarlo

    Desde que presentas, mira cada semana tu correo y el buzón de la sede electrónica. Si te llega un requerimiento tienes diez días hábiles: contesta dentro del plazo aunque solo tengas parte de lo que te piden, porque entregar algo tarde es peor que entregar poco a tiempo.

    Traer los antecedentes penales sin legalizar o caducados

    Qué pasa

    Te lo devuelven y pierdes la cita. El certificado de tu país no vale tal cual: necesita apostilla o legalización consular, y traducción jurada si no está en español.

    Cómo evitarlo

    Empieza por este papel, que es el que más tarda. Y ojo con la fecha: suelen exigir que no tenga más de tres meses de antigüedad cuando lo presentas, así que no lo pidas con demasiada antelación o te caducará mientras esperas la cita.

    Presentarte sin el justificante de la tasa pagada

    Qué pasa

    No te atienden y pierdes la cita, que es lo que más cuesta conseguir de todo el trámite. Volver a tenerla puede llevarte semanas.

    Cómo evitarlo

    Paga la tasa antes de ir y lleva el justificante sellado por el banco, en papel. No basta con enseñar el modelo relleno ni una captura del móvil.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo demuestro que mi país no me documenta?

    Con un acta notarial. Vas a una notaría, se requiere formalmente a la Misión Diplomática u Oficina Consular de tu país para que te documente, y el acta deja constancia de que ese requerimiento se hizo y no fue atendido. Ese documento es el corazón del expediente: sin él no hay trámite.

    ¿La cédula me da la residencia?

    No. Es un documento de identificación, no una autorización de residencia. Lo que sí hace es abrirte la puerta: quien tiene la cédula concedida puede solicitar la autorización de residencia, cosa que sin ningún documento de identidad resulta imposible.

    ¿Cuánto dura?

    Un año, renovable. Y pierde vigencia automáticamente, sin que nadie tenga que dictar nada, en cuanto algún país te documente o adquieras una nacionalidad. Es decir: si tu país acaba emitiéndote un pasaporte, la cédula deja de valer sola.

    Me han dado un papel para tres meses. ¿Ya es la cédula?

    No, es el paso anterior. Mientras se completa la información sobre tus antecedentes te dan un documento de identificación provisional que te habilita para permanecer tres meses. Es otro concepto y otro importe. La cédula viene después, y es la que dura un año.

    ¿Puedo salir de España con la cédula?

    No, la cédula te identifica dentro de España pero no es un pasaporte. Para salir necesitas el título de viaje, que se pide en el mismo impreso EX-16 pero es un documento distinto y cuesta 27,08 € más. Si vas a necesitar los dos, márcalos a la vez y ahórrate una cita.

    ¿Cuánto van a tardar en contestarme?

    Tres meses desde que presentas la solicitud. Si pasan y no te dicen nada, la ley entiende que te la han denegado: es lo que se llama silencio negativo. En la práctica las oficinas se pasan de ese plazo con frecuencia, así que no te alarmes el día 91, pero tampoco lo dejes correr sin más: consulta el estado de tu expediente cada pocas semanas.

    Me la han denegado. ¿Se acabó?

    No necesariamente. Tienes un mes para presentar un recurso de reposición ante la misma oficina, o dos meses para ir por la vía judicial. Antes de decidir, lee bien el motivo de la denegación: si te la han denegado por un papel que faltaba o estaba mal, muchas veces se arregla presentando de nuevo con eso corregido. Si es por el fondo, ahí sí conviene que lo vea un abogado.

    ¿Necesito un abogado para esto?

    No es obligatorio y mucha gente lo presenta por su cuenta. Ahora bien, si tienes antecedentes, una orden de expulsión previa, una denegación anterior o tu caso tiene algo raro, el dinero del abogado se paga solo. Lo que sí conviene saber: nadie puede garantizarte un resultado, y quien te lo garantice miente.

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