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    15 - 30 días
    Tasa 790-012: 75,05 € al pedirla y 6,54 € al recogerla. Cada documento compulsado, 1,09 € más

    Carta de Invitación

    Trámite que hace un residente para alojar a un turista extranjero.

    Descripción

    Documento oficial solicitado por un residente en España para acoger en su domicilio a un extranjero por un periodo máximo de 90 días. Sustituye a la reserva de hotel para el visado o entrada.

    Requisitos

    • Ser titular de vivienda (o alquilada) en España.
    • Identificar al invitado.
    • Compromiso de retorno del invitado.

    Documentos necesarios

    Escritura o contrato alquiler.
    Empadronamiento.
    Copia pasaporte invitado.
    Tasa pagada.

    Pasos del proceso

    1

    Solicitud en Comisaría de Policía Nacional.

    2

    Resolución.

    3

    Envío físico de la carta original al invitado.

    Cuánto cuesta

    Modelo 790, código 012 · epígrafe 5.1475,05 €

    Autorización de expedición de Carta de invitación.

    Se paga al presentar la solicitud

    Este es el primer pago, al pedir la carta.

    Generar el impreso de pago
    Modelo 790, código 012 · epígrafe 5.156,54 €

    Expedición de Carta de invitación.

    Se paga al recoger

    Este segundo pago se hace al recoger la carta, no al pedirla.

    Generar el impreso de pago
    Modelo 790, código 012 · epígrafe 5.161,09 €

    Compulsa y desglose por cada documento relativo a la Carta de Invitación.

    Consulta cuándo se paga

    Se paga por cada documento compulsado, no una sola vez.

    Generar el impreso de pago

    Los importes que no mostramos es porque no hemos podido confirmarlos en una fuente oficial. En ese caso el propio impreso los calcula, y esa cifra es la buena: las que circulan por internet suelen estar desfasadas.

    Errores que hacen perder el expediente

    Casi nunca se pierde un trámite por no cumplir los requisitos. Se pierde por esto.

    Creer que has terminado al pagar los 75,05 €

    Qué pasa

    Ese es solo el primer pago. La carta se queda expedida pero sin entregar hasta que abonas los 6,54 € de la expedición, y mucha gente lo descubre cuando ya ha vaciado el bolsillo y tiene al invitado esperando.

    Cómo evitarlo

    Aparta los 6,54 € desde el principio y, al presentar la solicitud, pregunta cuándo puedes volver a recogerla y con qué justificante. Añade 1,09 € por cada documento que necesites compulsado.

    Comprar los billetes antes de tener la carta en manos del invitado

    Qué pasa

    Entre la resolución, la expedición, la recogida y el envío postal al país del invitado se van semanas, y el silencio administrativo aquí es negativo. Si los billetes están comprados, la prisa la pagas tú.

    Cómo evitarlo

    Empieza el trámite con dos meses de margen sobre la fecha del viaje y no compres nada hasta que el invitado te confirme que ha recibido el original.

    No comparecer a la entrevista personal

    Qué pasa

    Se te tiene por desistido y se archiva el expediente. Pierdes la tasa de 75,05 € y vuelves a la casilla de salida, con otra solicitud y otra espera.

    Cómo evitarlo

    Si te convocan, ve. Y si te resulta imposible el día señalado, avisa por escrito antes de la fecha alegando la causa: el plazo que te fijen no puede exceder de quince días y fuera de él no hay margen.

    Mandar al invitado un escaneo o una fotocopia

    Qué pasa

    En el puesto fronterizo se presenta el documento original. Una copia no le sirve, y el problema aparece en el peor sitio posible: en el control de entrada, con el viaje ya hecho.

    Cómo evitarlo

    Envía el original por correo certificado con seguimiento y guarda el resguardo. Quédate tú con una copia por si hay que reclamar.

    Ir solo con fotocopias

    Qué pasa

    En ventanilla cotejan los originales contra las copias. Sin los originales delante, no pueden dar por buena la documentación y te hacen volver.

    Cómo evitarlo

    Lleva original y copia de todo, incluido el pasaporte completo. En bastantes oficinas piden copia de todas las páginas, también de las que están en blanco.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto cuesta en total?

    Son tres conceptos y no se pagan a la vez. Al pedirla, 75,05 €. Al recogerla, 6,54 € más. Y 1,09 € por cada documento que te compulsen, no una sola vez. Todo en el mismo modelo 790 código 012. Cuenta con unos 82 € como suelo, y guarda el dinero del segundo pago desde el principio.

    Ya pagué y me dicen que está concedida. ¿Por qué me piden más dinero?

    Porque el trámite son dos actos distintos con dos tasas distintas. Los 75,05 € pagan la autorización para expedir la carta; los 6,54 € pagan la expedición material del documento. Que te la hayan concedido no significa que la tengas: hasta que no abonas el segundo pago y la recoges, la carta no sale de la comisaría.

    ¿La carta le consigue el visado a mi invitado?

    No. Lo que hace es acreditar dónde se va a alojar: sustituye a la reserva de hotel. El visado lo decide el consulado y valora bastantes cosas más —medios económicos, seguro, arraigo en su país, motivo del viaje—. La carta suma, pero no decide.

    ¿Se la puedo mandar por email o por WhatsApp?

    No. Hay que enviarle el original en papel, porque es lo que tiene que presentar en el puesto fronterizo. Ese envío postal internacional forma parte del trámite y también tarda: cuéntalo en tus plazos.

    ¿Cuánto tarda?

    Entre quince y treinta días, y luego el envío. No es un trámite inmediato: hay resolución, expedición, entrega, recogida y remisión al invitado. Si no te contestan, el silencio es negativo, así que no des por hecho que va bien porque no digan nada.

    Soy extranjero con tarjeta. ¿Puedo invitar a alguien?

    Sí. Pueden pedirla los españoles, los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los beneficiarios del régimen comunitario y los extranjeros residentes legales en España. Lo que se te pide es ser titular de la vivienda, en propiedad o de alquiler.

    Me han citado a una entrevista. ¿Qué pasa si no voy?

    Que dan el trámite por abandonado. Si no compareces en el plazo que te fijen —que no puede pasar de quince días— y no hay una causa de fuerza mayor, se te considera desistido: se archiva y hay que empezar otra vez, con la tasa incluida.

    ¿Cuánto tiempo puede quedarse mi invitado?

    Noventa días como máximo. En la solicitud tienes que declarar el periodo previsto de estancia, con fecha de inicio y de fin, y ese es el techo. La carta no amplía la estancia legal de un turista, solo acredita dónde se aloja.

    ¿Tienes dudas?

    Nuestro asistente IA experto en extranjería, entrenado con miles de casos reales, puede ayudarte

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    Tiempo estimado

    15 - 30 días

    Tasas

    Tasa 790-012: 75,05 € al pedirla y 6,54 € al recogerla. Cada documento compulsado, 1,09 € más

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